Como bien es sabido, de igual manera que lo hacemos los particulares con cada compra o contratación de un servicio, también las empresas han de cumplir ciertas normas específicas respecto a la declaración y facturación del Impuesto por el Valor Añadido (IVA). Ya en este blog comentamos hace un tiempo las claves y requisitos del IVA en las exportaciones. Hoy le toca el turno a un análisis profundo sobre el IVA en las importaciones.
Cómo tramitar el IVA en importación.
El pago del IVA en importaciones se realiza -excepto en los casos de empresas con IVA diferido- en el momento de la liquidación de los derechos arancelarios para lo cual la Administración Aduanera expide el modelo 031 -de liquidación de IVA- y la carta de pago correspondiente.
También es necesario disponer de un DUA, documento que, además de ser necesario para el cumplimiento de las formalidades aduaneras, sirve para poder deducir las cuotas de IVA soportado en las importaciones.
Realizar los cálculos correctos para calcular el IVA es fundamental para una gestión ágil y segura de los trámites necesarios en el transporte de mercancía internacional.
Cómo calcular el IVA en las importaciones.
Según la ley vigente, se considera importación la entrada de un bien procedente de un país tercero, Canarias o Ceuta y Melilla. Por tanto, es necesario diferenciar entre los bienes procedentes de la Unión Europea, que conformarían las conocidas como operaciones intracomunitarias, y los procedentes de terceros países, que serían las importaciones.
Cuando los bienes proceden de territorios no comunitarios, la cosa cambia ya que al calcular la base imponible del IVA no bastará con el precio que pagamos por el producto, sino que a esa cifra habrá que añadirle una serie de gastos derivados de su paso por la aduana.
Estos aranceles y gastos añadidos suponen un aumento del valor de la base imponible del producto, encareciendo el IVA que acabaremos pagando por dicho producto.
Veamos cuáles serían los pasos fundamentales para calcular y aplicar el IVA en la importación de bienes en España:
- Identificar el origen de la mercancía y clasificarla según la nomenclatura arancelaria correspondiente.
El primer paso es identificar el origen de la mercancía y clasificarla mediante el sistema TARIC. Generalmente es el agente de aduanas quien, con la información facilitada por el importador, establece ese código o partida arancelaria que determinará los aranceles e IVA a pagar en la aduana.
- Determinar el valor en aduana o el valor CIF de la mercancía.
El segundo paso a realizar una vez identificado el origen de la mercancía es determinar el Valor en Aduana, el cual sería el valor de la mercancía en posición CIF. Es decir, el valor FOB más el coste del seguro, más el coste del flete. A partir de ese valor aplicaremos el porcentaje del arancel, obteniendo como resultado final el Importe de Arancel de la Importación.
- Conocer la base del IVA.
El siguiente paso será conocer la base imponible del IVA. Para calcular esta base hay que realizar la suma del valor en aduana, el arancel de importación, las tasas portuarias y la descarga/manipulación.
- Aplicar el porcentaje de IVA.
Con toda la información anterior sobre la mesa procederemos a multiplicar la base del IVA por el porcentaje del mismo, dando como resultado final el impuesto final de la importación.
Ejemplo práctico para calcular el valor del IVA en importación.
Vamos a imaginar que tenemos una empresa en España y hemos comprado maquinaria en China que vamos a importar. Tenemos los siguientes valores:
· Valor FOB de la mercancía: 15.000 €
· Flete: 2.000 €
· Seguro: 85 €
· Tasas Portuarias (T-3): 55 €
· Descarga: 185 €
· Arancel: 3,7%
· IVA: 21%
Cálculo Valor en Aduana ⟶ Valor en posición CIF = Valor FOB + Seguro + Flete = 15.000 + 85 + 2.000 = 17.085 €
Cálculo del Arancel ⟶ Valor en Aduana x % Arancel = 17.085 x 3,7% = 632,14 €
Cálculo Base del IVA ⟶ Valor en Aduana + Arancel + T-3 + Descarga = 17.085 + 632,14 + 55 +185 = 17.957,14€
Cálculo del IVA ⟶ Base IVA x % IVA = 17.957,14€ x 21% = 3.770,99 €
Fuente:
Cámara de Comercio España
Agencia Tributaria de España
Imagen:
Pixabay
Autor: Huskyherz