El Código Aduanero de la Unión Europea ha dictaminado importantes cambios para las terminales portuarias pertenecientes a la Unión que entrarán en vigor en mayo de 2019. Es imprescindible estar al corriente de esta situación ya que existe una novedad que cambiará por completo el carácter actual de las terminales portuarias. Hoy os hablamos de ella en este post.
Terminales portuarias
¿Qué es una terminal portuaria?
Las terminales portuarias son las instalaciones que actúan como punto de conexión entre el transporte marítimo de mercancías y los demás tipos de transporte (por carretera, aéreo…). No confundir con puertos, que son el conjunto de terminales, instalaciones y zonas auxiliares necesarios para que la actividad portuaria funcione correctamente.
Las terminales portuarias son un factor fundamental e imprescindible en el transporte marítimo de mercancías.
La gran importancia que tienen las terminaciones portuarias dentro de cualquier ejercicio de transporte marítimo de mercancías nos hace estar al día de todo lo que ocurre en relación a ellas y, como ya hemos comentado, en mayo de 2019 entrará en vigor un cambio fundamental estipulado por el CAU: la obligatoriedad de todas las terminales a estar acreditadas como ADT (Almacén de Depósito Temporal).
Cambios en las terminales portuarias en 2019
El principal cambio es que desde mayo de 2019 cualquier terminal portuaria que pertenezca a la UE deberá estar autorizada como Almacén de Depósito Temporal con todos los requisitos, gestiones y obligaciones que ello conlleva.
“Un cambio bastante significativo que obliga a las terminales portuarias españolas, que hasta ahora estaban en una especie de limbo, a obtener esta certificación». – Josep Carles Llagostera, administrador de la Aduana del Aeropuerto de Barcelona
Aunque la nueva normativa será obligatoria a partir del 1 de mayo de 2019, las terminales portuarias dispondrán de un periodo de transición del que todavía no se conocen más datos (serán aproximadamente 6 meses).
Terminales portuarias como Almacén de Depósito Temporal
Resumimos a continuación algunos de los aspectos más importantes que cambiarán en las terminales portuarias al convertirse en ADT.
- Las mercancías procedentes del transporte nacional e internacional (de países europeos y de terceros) podrán permanecer en las terminales portuarias durante un periodo de 90 días, que es el plazo fijado por el CAU para la permanencia de las mercancías en las instalaciones autorizadas como ADT. En el caso de que ese tiempo se exceda, deberá ser la terminal portuaria la que lo comunique a la Aduana e inicie el expediente de abandono.
- Serán las terminales portuarias las responsables a efectos aduaneros y tributarios de autorizar la salida de cualquier mercancía que se encuentre en sus instalaciones.
- Las terminales portuarias deberán tener un control exhaustivo de toda mercancía depositada en sus instalaciones (peso, fecha de llegada y de salida…).
- La terminal portuaria deberá reportar, registrar y gestionar directamente con la autoridad aduanera cualquier incidente de seguridad o irregularidad.
- Todas las actuaciones que haya que realizar sobre las mercancías por motivos aduaneros deberán ser gestionadas y autorizadas por la terminal sin la intervención de la Aduana o del Resguardo Fiscal.
- Será la terminal aduanera quién se responsabilizará y custodiará toda mercancía depositada en sus instalaciones.
Las actualizaciones del CAU en relación a las terminales portuarias, como hemos visto, serán muy significativas y deberemos tenerlas muy en cuenta como agentes dentro del sector del transporte de mercancía nacional e internacional.