Obligaciones del transportista de mercancías

Históricamente, las obligaciones del transportista de mercancías es un aspecto controvertido, y es que, a pesar de ser un tema legislado y regulado, aspectos como el uso y la costumbre en las operaciones del sector ha requerido modificaciones legales para definir mejor las funciones de los agentes que intervienen en la operación.

Definir correctamente la actividad de carga, descarga, estiba y desestiba, supone un papel crucial respecto a la rapidez y seguridad del transporte de mercancías. Además, desde el punto de vista legal, se debe determinar la obligación de los agentes intervinientes en la operación, así como la responsabilidad de cada uno.

A continuación, os definiremos de una manera sencilla y concreta, las obligaciones del transportista de mercancías, así como la responsabilidad de todos los agentes que intervienen en estas operaciones.


Obligaciones en el transporte de mercancías

Según estudios realizados, los daños producidos en el transporte de mercancías se deben en un 70% de los casos a las fases de carga, descarga, estiba y desestiba de las mercancías.

Por ello, la Ley 15/2009 de 11 de noviembre de contrato de transporte de mercancías en su artículo 20, regulaba expresamente las obligaciones del transportista de mercancías.

“Las operaciones de carga de las mercancías a bordo de los vehículos, así como las de descarga de éstos, serán por cuenta, respectivamente, del cargador y del destinatario, salvo que expresamente se asuman estas operaciones por el porteador antes de la efectiva presentación del vehículo para su carga o descarga. Igual régimen será de aplicación respecto de la estiba y desestiba de las mercancías”.

Resumen de las obligaciones del transportista de mercancías

Como nos hemos comprometido a clarificar las responsabilidades de los agentes logísticos, sin ser demasiado densos con aspectos legislativos, os exponemos una síntesis de lo tratado justo arriba:

  • Las operaciones de carga y estiba son responsabilidad del cargador en el lugar de origen.
  • Las operaciones de descarga y desestiba son responsabilidad del destinatario en el lugar de destino.
  • Existe la posibilidad de pactar con el transportista que la carga y estiba sea realizada por él, previo pacto entre las partes antes de la presentación efectiva del vehículo.

En conclusión, el cargador hace la carga y el destinatario la descarga, si se pacta otro funcionamiento, se debe pagar por el servicio complementario y se tiene que dejar por escrito antes de la presentación del vehículo. Si el transportista hace la tarea de descarga y no tiene obligación contractual de hacerlo, no es responsable.

Cómo evitar conflictos de responsabilidades legales en tus operaciones

Para evitar complicaciones, es esencial que el pacto sea expreso y escrito.

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