Sanciones por Exceso de Carga en Camiones

Una de las cuestiones más importantes y delicadas a tener en cuenta en un servicio de transporte de mercancía terrestre es la limitación de peso a la que se ven sometidos los camiones. Como os avanzamos en un post anterior, el Peso Máximo Autorizado de Camiones en España es un requisito de obligado cumplimiento sujeto a fuertes penalizaciones en caso de sobrepasarlo. Hoy hablamos de las Sanciones por exceso de carga.

Responsabilidad en caso de sanción por exceso de peso

En los casos en los que se supere la Masa Máxima Autorizada MMA para el tipo de vehículo en concreto, la responsabilidad recaerá en todos los agentes que hayan intervenido en el proceso de contratación y ejecución del transporte. Es decir, el transportista, el cargador (propietario de la mercancía), el expedidor y cualquier intermediario involucrado.

SANCIONES POR EXCESO DE CARGA

El Ministerio de Fomento establece tres tipos de faltas cuya gravedad y sanciones dependerán de las dimensiones  del camión y el exceso de peso en que haya incurrido. Así pues, nos encontramos con:

Faltas muy graves

Se sancionan con multas de 3.301 a 4.600 euros.

  • Si se trata de camiones con una masa máxima autorizada (MMA) de más de 20 toneladas, se sancionan los excesos en un 30% si es sobre los dos ejes y de un 15% si es sobre un eje.
  • Si los camiones tienen de entre 10 a 20 toneladas de MMA, el exceso sancionado con una falta muy grave será para aquellos camiones con más de un 40% de sobrepeso sobre un eje y más de un 20% sobre los dos ejes.
  • En los camiones de menos de 10 toneladas de MMA, será muy grave el exceso de un 50% en un eje o del 25% en los dos ejes.

Dependiendo de las dimensiones de los camiones y el porcentaje de peso sobrepasado, las sanciones pueden suponer multas desde 300€ a 4.600€.

Faltas graves

Son sancionables con multas desde 1.501 a 2.000 euros.

  • En los camiones de más de 20 toneladas de MMA, se castiga el exceso de carga entre un 25% y un 30% en un eje y de un 6% a un 15% en el tonelaje total.
  • Para los camiones de 10 a 20 toneladas de MMA, es falta grave un peso que sobrepase entre un 35% y un 40% la carga sobre un eje o entre un 10% a un 20% del peso máximo autorizado.
  • Los camiones de menos de 10 toneladas incurrirán en falta grave si tienen una carga superior entre un 45% y un 50% sobre un eje y entre un 15% a un 25% sobre los dos.

Faltas leves

Se sancionan con multas de 301 a 400 euros.

  • Los camiones más pesados son sancionados de esta manera si tienen peso con un exceso de un 20% a un 25% sobre cada eje o del 2,5% al 6% sobre el total.
  • En los camiones medios, el exceso no puede sobrepasar el 35% en un eje ni el 10% en ambos.
  • Y en los más livianos, no puede superar el 45% en un eje o el 15% sobre el total.

Si la infracción se detecta mientras el camión está en ruta se procederá a su inmediata inmovilización hasta que se elimine el exceso de carga. Esta incidencia provocará un inevitable retraso de la llegada de la mercancía a su punto de destino y un daño a la imagen y la reputación de la empresa exportadora de la carga así como la empresa transitaria responsable de la misma. Asimismo pueden sumarse otras consecuencias legales como la retirada de la lincencia.

En CSTransitarios seguimos una estricta Política de Cero Incidencias para garantizar un servicio seguro y sin sobresaltos para nuestros clientes y los destinatarios de la mercancía transportada.

Fuentes
Ministerio de Fomento

Imagen
Foter.com

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