Cuestiones sobre la Verificación del Peso de Contenedores VGM

Con la entrada en vigor el pasado 1 de julio de 2016 de las Enmiendas al Convenio Internacional SOLAS -novedades sobre las cuales os informábamos aquí-, se exige la verificación del peso bruto de cada contenedor antes de su estiba a bordo del buque. Esto conlleva la obligación del expedidor a proporcionar con antelación suficiente la documentación con la información referente a la masa bruta verificada VGM (Verified Gross Mass). Por ello, hoy en nuestro blog hablamos de la Verificación del Peso de Contenedores VGM.

¿Qué otras consideraciones o cuestiones conlleva esta nueva normativa? Hoy entramos en detalle sobre la verificación del peso de contenedores marítimos de la mano de nuestro abogado especialista en transporte, Jorge Selma, qué analiza las excepciones y casos concretos de aplicación de esta norma.

El objetivo de esta norma es la prevención de incidentes y accidentes debidos a pesos mal declarados. El convenio SOLAS permitirá a los operadores de terminales y buques preparar de forma apropiada el plan de estiba antes de cargar los contenedores.

  • ¿Quién debe proporcionar el VGM?

El responsable de obtener y documentar el VGM es el embarcador que figura en el conocimiento de embarque B/L antes de cargar el contenedor en el buque, identificándose como tal en la casilla de expedidor o shipper.

Este puede también autorizar a un tercero para que proporcione el VGM en su nombre, como es el caso de CST Grupo.

  • Cuándo se trata de un grupaje con mercancías de varios expedidores ¿quién figura como el expedidor? y ¿quién deberá obtener y documentar la masa bruta?

En ambos casos, lo sería el que figura en el B/L como Expedidor o Shipper.

  • ¿Es obligatoria esta normativa para todos los contenedores a exportar?

No. Quedan exentos de su verificación de peso los contenedores a cargar en los buques que efectúen cabotaje o transporte entre puertos nacionales. También quedan exentos de tal pesaje verificado los contenedores que, aunque efectúen viajes internacionales, vayan sobre remolques o chasis porteados por buque de transbordo rodado y el viaje internacional sea corto.

  • ¿Qué ocurre cuando un contenedor se presente al embarque sin aportar el documento que recoge la masa bruta verificada?

Sencillamente que no se embarcará. Antes de embarcarse un contenedor, deberá haberse efectuado la verificación de la masa bruta del contenedor.

Cualquier coste extra o adicional derivado del incumplimiento de esta norma como multas o sanciones, coste de pesaje, manipulación, acarreo, demoras, almacenajes, posicionados, vaciado o llenado del contenedor que resulten directa o indirectamente del no cumplimiento de la presentación del VGM en tiempo y forma, será siempre por cuenta del embarcador.

  • ¿Qué básculas se utilizan para la obtención del VGM?

Sólo serán válidos aquellos VGM proporcionados por básculas que estén acreditadas y homologadas por la Entidad Nacional de Acreditación – ENAC.

Dentro del pesaje, no solo se ha de pesar la mercancía sino también los pallets, embalaje, madera de estiba y cualquier otro material o elemento que se utilice en la estiba de la mercancía en el contenedor.

  • ¿Dónde podrá verificarse el pesaje?

Lo podrá realizar el expedidor o la tercera persona por esté autorizada antes de que el contenedor se entregue en la terminal. La Terminal podrá admitir el contenedor que llegue sin haber obtenido la masa bruta verificada, pero no procederá a su embarque hasta que se haya obtenido.

También podrá pesarse el contenedor lleno en la propia Terminal. Obtenido el VGM, el documento en que se declara tal peso verificado deberá ser facilitado a la naviera y a la Terminal, debidamente firmado por el expedidor o tercero autorizado por este, pudiendo dicha firma ser electrónica o escrita. La forma de trasmitir el VGM podrá realizarse por medios electrónicos, pero siempre antes del embarque y con antelación suficiente para que el capitán del buque lo tenga en cuenta a la hora de hacer el plano de estiba.

  • ¿Qué ocurre cuando existen discrepancias entre la masa bruta de un contenedor lleno y la que resulta del pesaje verificado de su masa bruta?

Sencillamente, prevalecerá el dato obtenido de la masa bruta verificada.

  • ¿Y si existe discrepancia entre la masa bruta verificada de un contenedor facilitada por el expedidor y la masa bruta verificada en la Terminal?

En estos casos siempre prevalecerá el VGM verificado en la Terminal.

  • Diferencias permitidas entre peso real y VGM en España.

Se autoriza a una diferencia de peso de 500 kgs si el peso del contenedor lleno es menor a 10 toneladas y de un 5% en el caso que sea mayor de 10 toneladas.

La ignorancia de las leyes no exime de su cumplimiento, por ello te recomendamos que consultes y te asesores con expertos en la materia para evitar sorpresas en el transporte de mercancía de tu empresa.

Fuentes
Artículo publicado por Jorge Selma, Socio del Gabinete Jurídico Selma & Illueca Abogados, especialistas en Transporte.
BOE

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