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El Certificado de Origen en el Comercio Internacional

junio 27 2017
Certificado de Origen en comercio exterior

En este post hablamos sobre uno de los documentos de acreditación más importante en el comercio exterior: el Certificado de Origen.

¿Qué es un Certificado de Origen?

Se trata de un documento formal cuya función es determinar el país en el cual ha sido fabricada la mercancía objeto de la transacción. Es muy importante no confundir país de origen con la procedencia o país desde donde ha sido enviado.

El Certificado de Origen, es un documento muy importante en todas las operaciones de exportación a países terceros desde la Unión Europea, no siendo necesario en las transacciones Intracomunitarias. Para las exportaciones a países con acuerdos preferenciales o importaciones a la Unión Europea desde estos países, el Certificado de Origen no tendrá valor y en estos casos para poder acogerse a las reducciones arancelarias, según el grupo de países, se sustituirá por los certificados EUR1, EUR-MED, EUR2, FORM A o ATR1.

¿Qué utilidad tiene un Certificado de Origen?

El certificado de origen sirve para acreditar el origen de la mercancía que pretende entrar en un país, condicionando el tratamiento que pueda recibir en los controles aduaneros, comerciales, sanitarios, etc.

Al tratarse de un documento que certifica el origen específico de la mercancía debe estar separado de otros documentos.

Cómo se consigue un Certificado de Origen

El Certificado de Origen es emitido por las Cámaras de Comercio y tiene una vigencia indefinida, circunstancia que está sujeta a la invariabilidad de los datos consignados.

No obstante, la autoridad aduanera de destino puede llegar a estimar una excesiva demora entre las expediciones del certificado y de la mercancía y exigir su reelaboración.

Un certificado de origen debe ser emitido en el país de salida y en el momento de la exportación de la mercancía, aunque por circunstancias especiales pudiera justificarse una expedición a posteriori (debiéndose dejar constancia expresa de ello).

A la solicitud del certificado, el exportador debe adjuntar una declaración responsable afirmando conocer la normativa aplicable y disponer de documentación que acredite el lugar de fabricación.

Dicha solicitud debe dirigirse a una Cámara de Comercio, institución sobre la que recae en exclusiva la competencia para la emisión de estos certificados. No obstante, para los casos en los que la autoridad aduanera de destino lo admita, está contemplada la autocertificación, mediante la cual el exportador incluye una leyenda en la factura con su firma y sello.

El solicitante suministrará datos que deben coincidir con los que figuran en la factura:

  • Marcas y numeración
  • Número y modelo de embalaje: cajas, palés y rollos que integran el porte. Tratándose de un número de contenedor o de una serie de números.
  • Naturaleza de la mercancía: debe designarse conforme a su denominación comercial, no admitiéndose denominaciones ambiguas o globales.
  • Cantidad: basándose en las unidades de peso neto, bruto (o ambos), según la mercancía, litros y metros.

Determinar el origen de un producto es vital para saber si está afectado por algún régimen preferencial emanado de un posible acuerdo comercial entre los países intervinientes. Ante la autoridad aduanera del importador, supone una prueba fehaciente de que la mercancía ha sido producida en el país declarado como origen.

La acreditación del origen resulta imprescindible para determinar el arancel aplicable a la importación y los regímenes preferenciales derivados de acuerdos entre ambos países.

En CSTransitarios acompañamos y asesoramos a nuestros clientes en cada uno de los pasos y trámites necesarios para obtener las licencias, certificados y otros documentos necesarios para la importación y exportación de mercancía.